Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La tasa para liquidar rendimientos presuntivos en 2017 es de 6,86%


Actualizado: 4 enero, 2017 (hace 7 años)

Para calcular la tasa de rendimiento presuntivo en 2017 se tomará el porcentaje de 6,86%.

De acuerdo con lo estipulado en el artículo 35 del Estatuto Tributario, las deudas por préstamos en dinero entre las sociedades y los socios generan intereses presuntivos. Al respecto, es preciso tener en cuenta que, para efectos del impuesto sobre la renta, se presume que todo préstamo en dinero, cualquiera que sea su naturaleza o denominación, otorgado por las sociedades a sus socios o accionistas y viceversa, genera un rendimiento mínimo anual y proporcional al tiempo de posesión.

La norma tributaria establece que, cuando no se pacte una tasa real para la estimación de los intereses, debe calcularse con base al equivalente a la tasa del depósito a término fijo –DTF– vigente al 31 de diciembre del año anterior al gravable. En consecuencia, para 2017 el DTF debe calcularse a su tasa fijada el 31 de diciembre de 2016, correspondiente a 6,86%.

Vale la pena destacar que la tasa para liquidar rendimientos presuntivos estuvo en 5,22% en 2016 y, para el año 2017, estará en 6,86%, lo que representa un incremento de la tasa en 1,64 puntos porcentuales.

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