Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

NIA 700: Formación de la opinión y emisión del informe de auditoría (Parte 2) – Carlos Humberto Sastoque


Debe tenerse en cuenta que, sin excepción, el informe de auditoría siempre se debe presentar por escrito. Su contenido mínimo es el siguiente:

Título: “El informe de auditoría llevará un título que indique con claridad que se trata del informe de un auditor independiente”.

Destinatario: En todos los casos deberá escribirse el destinatario específico al que se dirige el informe. De acuerdo con los términos del contrato o encargo de auditoría este destinatario podría ser la asamblea general de accionistas, la junta de socios, la junta directiva, la gerencia, el comité de auditoría u otro.

Apartado introductorio

“El apartado introductorio del informe de auditoría:

a. identificará a la entidad cuyos estados financieros han sido auditados;

b. manifestará que los estados financieros han sido auditados;

c. identificará el título de cada estado incluido en los estados financieros;

d. remitirá al resumen de las políticas contables significativas y a otra información explicativa; y

e. especificará la fecha o periodo que cubre cada uno de los estados financieros incluidos en los estados financieros”.

Responsabilidad de la dirección en relación con los estados financieros

La NIA 700 establece que el informe debe contener una sección en la que se indique específicamente cuál es la responsabilidad de la dirección del ente en relación con la preparación y presentación de los estados financieros, sección que se tiene que titular de manera que se entienda de qué se trata.

Esta sección debe describir las responsabilidades de los miembros de la dirección que participaron en la preparación y presentación de los estados financieros auditados. Podría referirse a esas personas, sin que se utilice el término “dirección”, de acuerdo con las  normas legales específicas que puedan estar vigentes en el sitio en que funcione la empresa (ciudad, departamento, estado o país). Según la NIA, “En algunas jurisdicciones, la referencia adecuada puede ser a los responsables del gobierno de la entidad”.

Al hablar de la responsabilidad de la que se trata esta sección es necesario incluir:

«(…) una explicación de que la dirección es responsable de la preparación de los estados financieros de conformidad con el marco de información financiera aplicable, así como del control interno que considere necesario para permitir la preparación de estados financieros libres de incorrección material, debida a fraude o error.

(…)

Cuando los estados financieros se preparen de conformidad con un marco de imagen fiel, la explicación en el informe de auditoría de la responsabilidad de la dirección en relación con los estados financieros debe referirse a “la preparación y presentación fiel de los estados financieros” o a “la preparación de estados financieros que expresen la imagen fiel”, según proceda». 

*Los textos en letra cursiva y entre comillas han sido fielmente tomados de la NIA 700

Carlos Humberto Sastoque

Contador Público; coautor de los libros ‘Iniciación a las NIIF’ y ‘Valor Agregado de la Revisoría Fiscal’.

De igual manera, ha ocupado los siguientes cargos: Asesor del Consejo Técnico de la Contaduría y de la Junta Central de Contadores, miembro de la Junta Central de Contadores, Director Ejecutivo del Colegio de Contadores Públicos de Colombia, Vicepresidente Técnico de la Confederación Iberoamericana de Contadores Públicos; Director Ejecutivo y Secretario General de la Confederación de Asociaciones de Contadores Públicos de Colombia, CONFECOP.

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