Actualizado: 20 mayo, 2019 (hace 5 años)
Las administradoras de pensiones se encuentran en la obligación legal de vigilar el cumplimiento del pago de los aportes por parte de los empleadores. En caso tal que un empleador incurra en mora, debe iniciar las acciones de cobro a las que haya lugar, so pena, de responder solidariamente.
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