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Personas jurídicas que actúan como autorretenedoras en la fuente: requisitos y documentos


Personas jurídicas que actúan como autorretenedoras en la fuente: requisitos y documentos
Actualizado: 23 junio, 2017 (hace 7 años)

¿Qué necesitan las instituciones o dependencias públicas que quieran actuar como autorretenedoras en la fuente? A continuación, enumeramos los documentos y requisitos que se deben tener en cuenta.

Para evitar que sus clientes le efectúen la retención en la fuente al momento de los pagos o abonos en cuenta, la persona jurídica debe postularse para actuar como autorretenedor en la fuente; una vez autorizado, se puede tramitar la modificación o la suspensión de la calidad para actuar como autorretenedor en la fuente.

Para obtener dicha potestad debe tener en cuenta los siguientes documentos y requisitos:Para instituciones o dependencias públicas

Documentación y requisitos

  • Deberá estar inscrito en el RUT.
  • Estar constituido legalmente.
  • Si se va a realizar a través de un tercero, se deberá contar con el original del poder debidamente otorgado.
  • Certificación original expedida por contador público o revisor fiscal inscrito ante la Junta Central de Contadores, en la que se certifique que la sociedad posee inversión estatal y el valor del patrimonio.
  • Certificación original expedida por el Consejo Superior de la Judicatura o por la Junta Central de Contadores en la que conste que ni el revisor fiscal ni el contador de la sociedad han sido sancionados durante los cinco años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

Documentación a tener en cuenta en caso de que se identifique con alguno de estos casos

No aplica si solicita autorización como autorretenedor del impuesto de renta

  • Certificado original expedido por el solicitante, en el que informe el valor de las retenciones que le efectuaron por concepto de IVA en cada uno de los seis bimestres previos a la solicitud, indicando razón social, NIT del retenedor, así como el valor de cada una de ellas.

Para sociedades en proceso de concordato, acuerdo de reestructuración o reorganización sin deudas TAC con mora superior a un mes y su relación patrimonio líquido-patrimonio bruto desigual o superior a 70%

  • Certificado original de anotaciones adicionales expedido por el revisor fiscal, en el que indique no tener deudas en mora exigibles por conceptos tributarios, aduaneros o cambiarios –TAC– superior a un mes y que su relación patrimonio liquidado/patrimonio bruto sea igual o superior al 70% a la fecha en que realice la solicitud.

Si solicita autorización como agente de retención del impuesto sobre las ventas debe informar además un número de cuenta corriente y/o ahorros abierta a nombre del solicitante indicando banco, sucursal y ciudad en la que se encuentra abierta

  • Documento original y una copia de anotaciones adicionales, escrita por el representante legal principal, indicando nombre o razón social, NIT y dirección de la empresa.

Si sus ingresos por ventas brutas exceden las seiscientos treinta mil UVT (630.000); si la organización posee inversión estatal y cuenta con patrimonio superior a diez mil millones ($10.000.000.000); o si ha sido declarado como zona franca especial

  • Certificado original de anotaciones adicionales expedida por contador público o revisor fiscal, inscrito ante la Junta Central de Contadores, indicando el número de clientes, discriminados en personas jurídicas, personas naturales y sociedades de hecho.
  • Certificado original de anotaciones originales expedida por contador público o revisor fiscal, inscrito ante la Junta Central de Contadores, en la que conste el volumen total de ventas brutas del período inmediatamente anterior al de la solicitud.

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