Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Posibilidad de solicitar saldos a favor a la Dian, cuando se tienen deudas con esta entidad


Actualizado: 19 mayo, 2017 (hace 7 años)

¿Se pueden solicitar saldos a favor cuando se tienen deudas pendientes con la DIAN?

Resuelta 04  de Mayo  de 2017

El Dr. Diego Guevara señala que si un contribuyente tiene saldos a favor se puede aplicar la compensación o la solicitud de saldos a favor. Para realizar el proceso se recomienda tener presente lo dispuesto en el artículo 855 del ET, del cual se extrae el siguiente aparte:

“Art. 855. Término para efectuar la devolución.

* -Inciso Modificado- La Administración de Impuestos deberá devolver, previa las compensaciones a que haya lugar, los saldos a favor originados en los impuestos sobre la renta y complementarios y sobre las ventas, dentro de los cincuenta (50) días siguientes a la fecha de la solicitud de devolución presentada oportunamente y en debida forma.** -Inciso Adicionado- El término previsto en el presente artículo aplica igualmente para la devolución de impuestos pagados y no causados o pagados en exceso.Par 1. En el evento de que la Contraloría General de la República efectúe algún control previo en relación con el pago de las devoluciones, el término para tal control no podrá ser superior a dos (2) días, en el caso de las devoluciones con garantía, o a cinco (5) días en los demás casos, términos estos que se entienden comprendidos dentro del término para devolver.”

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