Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reporte del gasto por ICA en la información exógena del año gravable 2020


Actualizado: 6 abril, 2021 (hace 3 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Cómo se debe reportar en el formato 1001 del año gravable 2020 el valor del gasto por ICA que solo está causado y no será deducido en el año 2020, pues se piensa usar mejor el descuento del 50 % en el año 2021 cuando termine siendo pagado?

Pregunta resuelta marzo 25 de 2021

En esta publicación el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, indica cómo se debe tratar tributariamente el pago del impuesto de industria y comercio –ICA– para reducirlo lo máximo posible, ya que si lo llevan como gasto deducible en la declaración de renta se reducirá un 33 %, pero si se declara cuando ya se page dicho porcentaje será de 50 %, de acuerdo con lo mencionado en el artículo 115-1 del Estatuto Tributario –ET–.

Menciona, además, en qué formato de información exógena se debe reportar el ICA que solo se encuentra causado en el año gravable 2020.

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