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Resolución 001320 de 29-04-2009


Actualizado: 29 abril, 2009 (hace 15 años)

Ministerio de la Protección Social
Resolución 001320
29-04-2009

Por la cual se modifica el artículo 36 de la Resolución 288 de 2008, modificado por la Resolución 4278 de 2008.

El Ministro de la Protección Social, en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas por las Leyes 9 de 1979, 40 de 1990, Decretos 3075 de 1997 y el numeral 15 del artículo 2º del Decreto 205 de 2003, y

RESUELVE:

Artículo 1°. Modificar el artículo 36 de la Resolución 288 de 2008, modificado por la Resolución 4278 de 2008, el cual quedará así:

Artículo 36. Vigencia y derogatorias. De conformidad con el numeral 5 del artículo 9° de la Decisión Andina 562, el reglamento técnico que se establece con la presente resolución, rige veintisiete (27) meses después de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, para que los productores, importadores y comercializadores de los alimentos envasados para consumo humano y los demás sectores afectados, puedan adaptar sus procesos y/o productos a las condiciones establecidas en la presente resolución y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los artículos 46, 47, 48, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59 en sus ítems Alimentos bajos en calorías y Alimentos bajos en carbohidratos; los artículos 60, 61, 62, 63, 64, 65, 74, 75, 76, 77 y 81 de la Resolución 11488 de 1984 y los artículos 1°, 2° y 5° de la Resolución 1618 de 1991.

Parágrafo. En caso de que los productores, importadores y comercializadores de los alimentos envasados para consumo humano cumplan antes de la entrada en vigencia de la presente resolución, con las condiciones y requisitos que aquí se establecen, el Invima, deberá emitir las autorizaciones a que haya lugar”.

Artículo 2°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 36 de la Resolución 288 de 2008, modificado por el artículo 1° de la Resolución 4278 de 2008, y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a los 29-04-2009.

Cordialmente,

El Ministro de la Protección Social,
Diego Palacio Betancourt.

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