Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Revisores fiscales al banquillo: Ciegos o con exceso de funciones – Hernando Bermúdez Gómez


Casi al mismo tiempo llegaron a nuestro conocimiento el artículo de Dinero titulado Revisores fiscales al banquillo: ¿Ciegos o con exceso de funciones?, y el artículo de Michael Cohn Firms vie over rights to Arthur Andersen name.

Es natural que cuando se descubren hechos indeseables, ya sea inmorales, contrarios a la ética o ilegales, se piense en la efectividad de las instrumentos de vigilancia. Con frecuencia se pone en duda la utilidad de la revisoría fiscal. Muy poco se habla de los controles internos y de la vigilancia estatal.

En estos tiempos estamos siendo bombardeados por una difusión de “hallazgos” de la Contraloría. Aquí hay un manejo de prensa deliberado, que en tiempos anteriores no se realizó, creando la imagen de que ahora hay más descubrimientos que antes. Nos parece bien que se vayan difundiendo los resultados de las investigaciones. Mas, ante tanta bulla, es bueno preguntarse cuánto logra esa entidad recuperar de las sumas que anuncia. Sabemos que muy poco. Pensamos que en varios casos, según nuestra directa conclusión, se exagera en la cuantificación de los efectos económicos de ciertas desviaciones. En otros, los infractores han puesto a salvo los dineros, de modo que, aun yendo a prisión, mantienen la posibilidad de disfrutar de sus fortunas.

En todo caso, no es solamente la revisoría fiscal la que falla. Todo el entramado de controles es deficiente. Tanto el control interno, como la auditoría interna, la fiscalización individual, la auditoría estatutaria, la vigilancia estatal y el control fiscal, han sido incapaces. Hasta la bondad de la Comisión Nacional de Moralización debemos ponerla en duda. Una visión de conjunto del problema, nos deja advertir que no le estamos poniendo la atención adecuada a la problemática. Las grandes empresas, rodeadas de inmensas empresas de asesoría (incluyendo la legal, la contable, la tributaria) resultan gigantes frente a los pequeños recursos de la revisoría fiscal.

De manera que si el legislador no articula todos los instrumentos, es improbable que efectivamente podamos contrarrestar la corrupción. En esto tienen que tomar parte hasta la policía y el ejército, la procuraduría y la fiscalía.

Mientras sigamos pensando que herramientas limitadas, como la revisoría fiscal, pueden detener el avance de las acciones incorrectas, seguiremos contabilizando situaciones indeseables que tampoco las autoridades logran manejar.

Una primera acción en la línea correcta es redefinir los deberes éticos de los controlantes y administradores de las empresas, así como los castigos civiles, contravencionales, disciplinarios y penales, que deberían poderse imponer a los infractores. Hay que recrear la obligación de rendir cuentas, que hoy algunos tratan como un mero formalismo, especialmente en las sociedades donde los controlantes son administradores.

Hernando Bermúdez Gómez
Editor Contrapartida, Novitas, Registro Contable, Vademécum
Tomado de Contrapartida – De Computationis Jure Opiniones
Número 2645, marzo 6 de 2017

Hernando Bermúdez Gómez
Las publicaciones “Contrapartida” son escritas por miembros de la comunidad académica del Departamento de Ciencias Contables de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Pontificia Universidad Javeriana.
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