Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Se pueden usar varias de las NIIF Plenas en las NIIF para Pymes?


¿Se pueden usar varias de las NIIF Plenas en las NIIF para Pymes?
Actualizado: 7 febrero, 2014 (hace 10 años)

Tanto la NIIF para Pymes como las NIIF Plenas tienen su propio conjunto normativo, pero a pesar de esta independencia existe una excepción llamada instrumentos financieros. Cualquier cambio que se presente debe ser aprobado por decreto y luego se aplicará.

No se deben mezclar los estándares. Cada uno es independiente. Si le corresponde NIIF para Pymes no se puede aplicar NIIF Plenas. Por ejemplo, la NIIF 18 de ingresos no se puede aplicar en Pymes sino que se debe aplicar la sección 23.

La NIIF para Pymes tiene su conjunto normativo al igual que las NIIF Plenas, pero a pesar de esta independencia existe una excepción, la cual es “instrumentos financieros”. Por lo tanto, una entidad del Grupo 2 que aplique NIIF para Pymes puede aplicar “instrumentos financieros” de la Pyme, es decir, sección 11 y 12 o la NIC 39 de Plenas, y para hacerlo lo debe establecer como política.

Tanto la NIIF para Pymes como la NIIF Plenas se están reformando periódicamente, pero hasta el momento son marcos normativos totalmente independientes.

Este año se estudiará una nueva reforma, donde se verán cambios en la NIIF para Pymes que posiblemente serán utilizados en 2015. Lo anterior no debe preocupar ya que los estándares no aplican inmediatamente sino que se les asigna un tiempo posterior, normalmente 1, 2 o hasta 3 años después de haber sido emitidos.

Cabe recordar que todo cambio futuro de las NIIF, tanto Plenas como Pymes, primero tendrá que ser aprobado por decreto y posteriormente se aplicará, y los estándares dan el suficiente tiempo para esta situación.

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