Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Señales de alerta para la prevención del lavado de activos – Luis Alberto Penagos M.


Señales de alerta para la prevención del lavado de activos y financiamiento al terrorismo en instrumentos financieros.

1. CUENTA CORRIENTE (checking account)

La cuenta corriente es un producto financiero característico de los bancos comerciales. Normalmente, las cuentas corrientes son en moneda local, sin embargo, en algunos países se pueden encontrar en moneda extranjera, por lo general en dólares de los Estados Unidos de América.

1.1 Descripción

La cuenta corriente es un contrato mediante el cual una persona, natural o jurídica, denominada cuentacorrentista, entrega, ordena o consigna sumas de dinero a un banco para disponer de su saldo. El cuentacorrentista, o titular de la cuenta corriente, puede disponer parcial o totalmente del dinero mediante el giro de cheques o mediante otros instrumentos previstos con el banco, como por ejemplo la utilización de tarjetas débito.

El banco entrega al titular de la cuenta corriente un talonario de cheques. El titular de la cuenta corriente, girador o librador, suscribe los cheques cuando necesita hacer pagos a favor de terceros o cuando necesita dinero en efectivo.

Los cheques se convierten en órdenes de pago para el banco, a favor del beneficiario del cheque. En forma general, los depósitos o abonos de la cuenta corriente provienen de consignaciones en efectivo o cheques, transferencias locales o internacionales recibidas, intereses y otros abonos o notas crédito.

Los retiros o cargos de la cuenta corriente se efectúan generalmente por los cheques pagados en efectivo o por canje, (Proceso que realiza un banco para cobrar a otro los cheques consignados en las cuentas corrientes de sus clientes. Este procedimiento se conoce como canje o compensación bancaria.) transferencias locales o internacionales ordenadas, retiros de dinero en efectivo a través de cajeros automáticos, retiros en efectivo mediante el uso de tarjeta débito, transferencias locales o internacionales ordenadas, cargos por compra de cheques de gerencia, (Cheque girado por un banco (el girador es el mismo banco que lo emite), el cual es comprado por cuenta de su cliente.) cargos por utilizaciones o compras con la tarjeta débito en establecimientos de comercio, cargos por transacciones electrónicas (pago de servicios públicos, préstamos, tarjetas de crédito) comisiones u otras notas débito Para muchas personas resulta más seguro girar o librar (suscribir) un cheque que llevar dinero en efectivo para pagar sus cuentas. Además, puede ser más conveniente para realizar compras o pagos a favor de terceros utilizar una tarjeta débito, u obtener dinero en efectivo de cajeros automáticos, que ordenar transferencias o giros postales.

La entidad bancaria se encarga de la administración y manejo del dinero de la cuenta corriente, con disponibilidad inmediata hasta por un monto superior al disponible; es decir, un cupo de sobregiro (o descubierto) temporal en caso que los pagos sean mayores al saldo de la cuenta corriente. Algunos bancos ofrecen servicios de transacciones e información electrónica, con los cuales se puede consultar el saldo disponible de la cuenta corriente y realizar pagos, transferencias electrónicas o traslados entre cuentas del mismo titular. Así mismo, otros ofrecen tasas de interés liquidadas sobre el saldo diario o promedio de la cuenta corriente.

1.2 Documentos de interés

Los documentos que identifican las operaciones y características de una cuenta corriente son: el formato de apertura, el registro de firmas autorizadas, el estado de cuenta o extracto bancario, los depósitos o consignaciones, los cheques y las transferencias.

1.2.1 Formato de apertura

El formato de vinculación y/o apertura de la cuenta corriente contiene información sobre su titular, ya sea persona natural o jurídica.

Este documento, junto con otros requeridos por el banco (por ejemplo, copia de los documentos de identidad, certificados de las cámaras de comercio o sobre la actividad económica, estados financieros, declaraciones tributarias), en la mayoría de los casos para dar cumplimiento a obligaciones legales por parte de los supervisores bancarios, permiten establecer aspectos tales como la identificación, ubicación o localización, actividad económica, ingresos y gastos, activos, pasivos y capital, referencias comerciales o personales, principales clientes o proveedores del titular.

Teniendo en cuenta el grado de avance tecnológico de algunas entidades bancarias, es posible que la vinculación de sus clientes se realice mediante la captura de datos en forma electrónica y directa (no necesariamente en papel). Sin embargo, se puede disponer de la información y aspectos del cliente, señalados anteriormente.

20 banderas rojas de alerta para la apertura y manejo de la cuenta corriente

  1. Apertura de varias cuentas corrientes bajo uno o más nombres, en todas ellas con una misma persona autorizada para girar o librar cheques.
  2. Apertura de cuentas corrientes de empresas que tienen en común socios, gerentes, administradores o representantes legales.
  3. Apertura consecutiva de varias cuentas corrientes a nombre de diferentes personas con similares características (edad, actividad económica, ubicación, parentescos) que aparentemente no se conocen entre sí.
  4. Rechazo, intento de soborno o amenazas a funcionarios bancarios para no diligenciar completamente los formularios de vinculación de la cuenta corriente o para que acepte información incompleta o falsa.
  5. Personas naturales o jurídicas que demuestran gran solvencia económica y sin embargo les resulta difícil la consecución o suministro de información sobre referencias comerciales o codeudores al momento de llenar los formularios de vinculación de la cuenta corriente.
  6. Personas que registran la misma dirección y/o teléfono de otras personas con las que no tienen relación aparente, al momento de la apertura de la cuenta corriente.
  7. Personas que cambian frecuentemente sus datos tales como dirección, teléfono, ocupación, sin justificación aparente.
  8. Personas que diligencian los formatos de vinculación de la cuenta corriente con letra ilegible o «engañosa», con información falsa, de difícil verificación o insuficiente.
  9. Personas que se muestran renuentes o molestos cuando se les solicita una adecuada identificación o el diligenciamiento obligatorio de ciertos formularios para realizar la apertura de la cuenta corriente.
  10. Personas, solicitantes de una cuenta corriente, que se muestran nerviosos, dudan en las respuestas y/o consultan datos que traen escritos, al preguntárseles por información requerida para la apertura de la cuenta corriente.
  11. Personas que realizan la apertura de una cuenta corriente en una oficina bancaria cuya ubicación es diferente, distante y sin justificación aparente a la localidad donde el cliente realiza sus negocios o actividad económica. Si se trata de una persona natural asalariada, cuando no existe una relación adecuada con la ubicación de su empleador o con el lugar de su residencia.
  12. Solicitantes de cuenta corriente que por su edad, experiencia o actividad económica no registran antecedentes de productos financieros con el sector cuando lo deberían acreditar.
  13. Solicitantes de cuenta corriente que se encuentran incluidos en listas nacionales o internacionales designados como terroristas, narcotraficantes, responsables fiscales, funcionarios públicos sancionados, fugitivos, criminales o buscados por las autoridades.
  14. Solicitantes de cuenta corriente que exigen ser atendidos o manifiestan marcada preferencia por un asesor comercial o gerente o funcionario bancario específico.
  15. Titulares de cuenta corriente que se niegan a justificar una operación o a actualizar la información básica suministrada al momento de la vinculación con el banco.
  16. Titulares de cuenta corriente que solicitan se les exonere del suministro o confirmación de cierta información por tratarse de un recomendado de otro cliente del banco u otra institución bancaria.
  17. Personas o entidades que frecuentemente cierran y abren nuevas cuentas corrientes en el mismo banco o en otros de la plaza, sin justificación.
  18. Solicitante de una cuenta corriente, quien es catalogado como una Persona Expuesta Políticamente (PEP) y trata de evitar el adecuado y completo diligenciamiento de los documentos de apertura o no justifica adecuadamente el origen del dinero con el que se vincula.
  19. Cuenta habientes de cuentas a quienes se les solicita permanentemente datos para la actualización de sus cuentas y no allegan la información pedida o adjuntan documentos falsos.
  20. Solicitantes de apertura de cuentas corrientes que solicitan que se les abran cuentas a nombre de terceras personas (familiares o amigos, léase testaferros) esgrimiendo argumentos de que nunca están en la ciudad o en el País.

Fuente: Naciones Unidas, programa de asistencia legal para América Latina y el Caribe

Autor:

C.P. Luis Alberto Penagos M.

Luis Alberto Penagos M.

Contador Público, Auditing Investigative Forensic. Auditing Invetigative Forensic.

Miembro de ALIFC (Asociación Latinoamericana de Investigadores de Fraudes y Crimenes Financieros)

Consultor CEO de P&P Auditing and Consulting Consultor Empresarial.

Email: lapenagosm@gmail.com

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