Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Si en Semana Santa no se labora el Lunes, Martes y Miércoles, se pueden descontar del Auxilio de Transporte


Si en Semana Santa no se labora el Lunes, Martes y Miércoles, se pueden descontar del Auxilio de Transporte
Actualizado: 7 abril, 2009 (hace 15 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¡Si no lo trabaja, no se le paga!
  • Teniendo claro lo anterior, veamos varias situaciones en las cuales no se paga el Auxilio de Transporte:
  • Qué pasa con el Sábado Santo, ¿se paga el Auxilio de Transporte?
  • ¿Cómo se determina el valor del Auxilio de Transporte por día no laborado?
  • Recuerde tres cosas:

Muchas empresas suspenden actividades los días lunes, martes y miércoles de Semana Santa, pero igual tienen que pagar dichos días de salario, por lo tanto  el Auxilio de Transporte se puede descontar.

¡Si no lo trabaja, no se le paga!

Esta premisa propia del derecho laboral, se aplica al dedillo respecto al subsidio de transporte.

El artículo 2º de la Ley 15 de 1959 establece lo siguiente:  “…a cargo de los empleadores en los municipios donde las condiciones del transporte así lo requieran… … el pago del transporte desde el sector de su residencia hasta el sitio de su trabajo… (Cuyo salario no exceda 2 s.m.m.l.v. en el mes)

Parágrafo: El valor del subsidio que se paga por auxilio de transporte… …se pagará exclusivamente por los días trabajados”.

Como se observa, el Auxilio de Transporte tiene una única finalidad: colaborarle al trabajador con parte de los gastos de desplazamiento de su casa al trabajo y viceversa.

Teniendo claro lo anterior, veamos varias situaciones en las cuales no se paga el Auxilio de Transporte:

Semana Santa: Si la empresa decide conceder al trabajador los días Lunes, Martes y Miércoles de la Semana Santa, el empleador puede descontar el Auxilio de Transporte de esos tres (3) días.

Incapacidades: Durante los días de una incapacidad por enfermedad o accidente, tanto de origen común como profesional, el empleador no debe pagar por esos días el Auxilio de Transporte.

Vacaciones: Durante los días de vacaciones, el trabajador no tiene que desplazarse al lugar de trabajo.

Qué pasa con el Sábado Santo, ¿se paga el Auxilio de Transporte?

Lo primero que debemos establecer es que el Sábado Santo no es un día festivo, como si lo es el Jueves y Viernes Santo que son días festivos según la Ley 51 de 1983.

Si la empresa labora habitualmente los días Sábados y el empleador decide que los trabajadores no se presenten el Sábado Santo a laborar, el empleador puede descontar ese día del Auxilio de Transporte.

¿Cómo se determina el valor del Auxilio de Transporte por día no laborado?

Simplemente el valor del Auxilio de Transporte se divide en 30 y por cada día hábil que el trabajador no labore se le descuenta dicha suma.

Recuerde tres cosas:

  1. Si la empresa suministra los medios de transporte al trabajador, no se le paga subsidio de transporte.
  2. Si el trabajador reside en el lugar de trabajo o a muy pocas cuadras del sitio de trabajo y no necesita transporte para llegar al sitio de trabajo, tampoco se paga.
  3. En los salarios variables, cada mes se debe determinar si se sobrepasa los 2 s.m.m.l.v. para pagar o no, el Auxilio de Transporte.

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