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Situaciones en las que se rechazan las solicitudes de devolución o compensación


Actualizado: 25 octubre, 2016 (hace 8 años)

Los contribuyentes o responsables que liquiden saldos a favor en sus declaraciones tributarias podrán solicitar ante la DIAN su devolución o respectiva compensación con deudas por concepto de impuestos, anticipos, retenciones, intereses y sanciones que figuren a su cargo.

No obstante, la DIAN puede rechazar dicha solicitud por los siguientes motivos:

  • La solicitud se presenta de manera extemporánea.
  • El saldo que se solicita en devolución o compensación ya se ha devuelto, compensado o imputado con anterioridad.
  • En el caso de los exportadores, si el saldo que está siendo solicitado corresponde a operaciones que se realizaron antes de cumplirse con el requisito de la inscripción en el Registro Nacional de Exportadores.
  • Cuando en el proceso de investigación previa de la solicitud de devolución o compensación, el contribuyente corrija la declaración y le genere un saldo a pagar.
  • Cuando se compruebe que el proveedor de las Sociedades de Comercialización Internacional solicitante de devolución y/o compensación, no ha cumplido con las obligaciones tributarias a la fecha de presentación de la solicitud (como, por ejemplo, que no haya efectuado las retenciones cuando era su deber, que no consigne los valores de las retenciones efectuadas, haber presentado las declaraciones de retención sin pago total). Dichas situaciones han de corresponder a períodos cuyo plazo para la presentación y pago ya estén vencidos a la fecha de presentación de la solicitud.

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