Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tasa de usura para crédito de consumo de bajo monto será de 56,33% hasta septiembre de 2018


Actualizado: 26 diciembre, 2017 (hace 6 años)

La certificación del interés bancario corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo de bajo monto será del 37,55 %, y regirá del 1 de octubre de 2017 hasta el 30 de septiembre de 2018. Este interés no podrá exceder del valor resultante de multiplicarlo por 1.5, pues en este caso constituirá usura.

Por medio de la Resolución 1298 del 29 de septiembre de 2017 la Superintendencia financiera de Colombia en su artículo tercero estableció un interés bancario corriente del 37,55 % para los créditos de consumo de bajo monto durante el período comprendido entre el 1 de octubre de 2017 y el 30 de septiembre de 2018. Es preciso recordar que el interés remuneratorio y moratorio se considerará como usura cuando este supere el interés bancario corriente establecido por la Superfinanciera multiplicado por 1.5, que para este caso equivalente a 56,33 % en este período.

El interés bancario corriente efectivo anual certificado para la modalidad de crédito de consumo de bajo monto en 37,55 %, representa un aumento de 208 puntos básicos respecto a la certificación anterior (35,47 %). En cuanto a la tasa de usura, el aumento fue de 312 puntos básicos con respecto al período anterior, ya que pasó del 53,21 % al 56,33 %.

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