Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tratamiento tributario de los pagos de pensión retroactivos en declaración de renta de PN


Actualizado: 4 agosto, 2017 (hace 7 años)

Si una persona natural recibió ingresos por pensiones en el año 2016, más una retroactividad de ajuste por 109 meses, ingresos que en total superaron las 12.000 UVT, ¿la retroactividad se encuentra exenta en renta?, ¿en qué renglón del formulario 210 se debe incluir?

Resuelta  27 de Julio de 2017

 

Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, aclara que las personas naturales que obtengan pensiones en Colombia pueden tomar como renta exenta los pagos mensuales por pensiones que no excedan las 1000 UVT de conformidad con lo que establece el numeral 5 del artículo 206 del Estatuto Tributario.

Ahora bien, si la persona del caso en mención recibió un retroactivo que corresponde a 109 meses, se debe analizar que los 109 meses, individualmente considerados, no superen las 1000 UVT, para poder aplicar el beneficio de rentas exentas.

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