Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

25% de rentas laborales estarán exentas del pago del impuesto de renta en 2015


Actualizado: 6 enero, 2015 (hace 9 años)

Los pagos laborales, especialmente para el cálculo de la retención en la fuente a título de renta y para el cálculo del impuesto en sí mismo, siguen siendo exentos para el 2015, en un 25%.

Aun cuando las rentas laborales son un tipo de ingresos que podrían catalogarse como ingreso fiscal, una parte de ella no está sujeta al impuesto de renta y complementarios, puesto que la Ley, taxativamente en el artículo 206 del E.T. les ha otorgado el beneficio de no gravarse.

Así pues, los pagos laborales, especialmente para el cálculo de la retención en la fuente a título de renta y para el cálculo del impuesto en sí mismo, son exentos en un 25%.

Debe tenerse en cuenta que la Ley nacional ha ido disponiendo en el Estatuto Tributario una gran variedad de beneficios aplicables a las rentas provenientes de relaciones laborales, que no están indicados únicamente en el artículo 206 del E.T., sino las especificadas en los artículos 126-1, 126-4, y 387 que pueden ser ampliadas en nuestro editorial ¿Cuáles son los beneficios sobre las rentas laborales en la declaración de renta?.

De esta forma, cualquiera que haya obtenido rentas laborales, pertenezca o no a la categoría de empleado, siempre tendrá derecho a restar la totalidad de beneficios de rentas laborales de las que se habla en el Estatuto Tributario.

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