Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Criterios para realizar cálculo de la relación costo – beneficio en proceso de cobro coactivo serán establecidos


Actualizado: 17 octubre, 2017 (hace 7 años)

La Dian, mediante un proyecto de norma, establecerá los criterios para realizar el cálculo de la relación costo – beneficio en el proceso de cobro coactivo.

El artículo 839-4 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 265 de la Ley 1819 del 2016, establece que en el proceso de cobro coactivo, una vez decretadas las medidas cautelares y antes de fijar fecha para la práctica de la diligencia de secuestro, el funcionario competente debe decidir sobre la relación costo – beneficio de los bienes objeto de la medida.

Explica la Dian que con el cálculo de la relación se busca evitar un mayor desgaste económico, permitiendo levantar la medida cautelar cuando del resultado de dicho indicador así se establezca. Por lo tanto, la autoridad tributaria y aduanera presentó el proyecto de norma para regular dicho tema.

En el texto plantea los criterios a tener en cuenta para calcular la relación, aspectos comunes a los diferentes tipos de bienes y la fórmula para establecer el indicador costo – beneficio, la cual tendría en cuenta la sumatoria de gastos, costas y obligaciones a cargo del bien/UVT vigente y el 70 % + 96 UVT.

La entidad recibirá comentarios y sugerencias sobre el proyecto hasta el próximo 23 de octubre de 2017, a través del correo coordinacióncobranzas@dian.gov.co.

Fuente: Dian.

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