Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ahorro para una vejez digna en Colombia ya es norma


Ahorro para una vejez digna en Colombia ya es norma
Actualizado: 28 octubre, 2014 (hace 10 años)

Todo colombiano que tenga claro que sus aportes no le alcanzarán para pensionarse, podrá ahorrar voluntariamente y cuando cumpla la edad de pensión, recibirá un reconocimiento del 20% adicional sobre lo ahorrado. Con base en esos recursos recibirá entonces un apoyo económico mensual. Lo anterior se conoce como Beneficios Económicos Periódicos, BEPS.

Todo colombiano desde cualquier sitio del país podrá realizar sus ahorros a los Beneficios Económicos Periódicos, BEPS, a través de operadores tradicionales y alternativos. Así lo estableció el Gobierno Nacional en el Decreto 2087 del 17 de octubre 2014, con el objeto de permitir el acceso voluntario a todas las personas que busquen acceder al Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos, BEPS.

Los BEPS son un mecanismo flexible de protección para la vejez creado para aquellas personas de escasos recursos y que no cuentan con los ingresos suficientes para obtener una pensión. El propósito es que las personas ahorren los recursos que puedan y cuando puedan, mientras el Gobierno premia ese esfuerzo entregando un subsidio del 20%. La totalidad de estos recursos serán la base para liquidarle al beneficiario un ingreso mensual de por vida.

A los BEPS pueden acceder personas con ingresos inferiores a un salario mínimo o aquellas que alguna vez comenzaron a cotizar pero que por diferentes circunstancias no cumplen los requisitos para recibir la pensión.

La disposición define los mecanismos que pueden utilizar los ahorradores de BEPS para realizar los pagos, como es el caso de las entidades que suscriban convenios con Colpensiones.

Adicionalmente, a las entidades del sector financiero, podrán también recibir los ahorros de los Beneficios Económicos Periódicos, los corresponsales no bancarios.

Solicitud de vinculación a BEPS

A partir de este mandato, las personas que se afilien a cualquiera de los Regímenes del Sistema General de Pensiones tendrán la opción de solicitar su vinculación también al Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos BEPS, efecto para el cual las Administradoras del Sistema General de Pensiones deberán brindar a los interesados la información sobre BEPS y enviar a Colpensiones digitalizado el anexo del formulario de afiliación que se establezcan para el efecto.

De esta forma, Colpensiones, procederá a verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley e informar directamente al interesado si fue aceptada o rechazada su solicitud, así como las condiciones, beneficios, monto de los subsidios y/o incentivos y riesgos que voluntariamente asumen al ingresar a dicho mecanismo de manera expresa y detallada.

Finalmente, el mandato precisa que Colpensiones podrá promover de manera directa o indirecta la vinculación a los BEPS con entidades públicas, organismos sociales, entidades del sector solidario, entidades gremiales y de seguridad social para que realicen actividades tales como contactar a la gente, informarlos o capacitarlos sobre este mecanismo y en general cualquier actividad tendiente a la vinculación.

Escepticismo a la hora de alcanzar una pensión

Pablo Enrique Moreno, jefe del área de Finanzas de la Escuela Internacional de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad de La Sabana, dice en El Tiempo que existe escepticismo por alcanzar una pensión, sobre todo entre los jóvenes, por las crisis financieras, la desaceleración económica mundial y a escándalos en entidades que manejan inversiones.

Lo cierto es que hoy son pocos los colombianos que le prestan la atención debida a este tema clave. El 88% de 1.520 personas consultadas por el Banco de la República en la Encuesta de Capacidades Financieras dijeron estar preocupados por mayores gastos en el futuro, como su jubilación, pero solo el 41% admitió tener planes de ahorro para cubrir los costos de su vejez.

Aunque ver la pensión como algo imposible de alcanzar es un error, no tener un plan de ahorro con ese propósito específico resulta aún más perjudicial para la persona.

“La pensión se construye a través de todos los años de vida laboral, por lo que el ahorro debe empezar desde el primer salario. No se puede destinar la totalidad de los ingresos al consumo; por eso, los fondos de pensiones y de cesantías son un medio en el que se obliga al empleado a no gastar o malgastar todos sus ingresos”, dice Moreno.

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