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Bolsa de Empleo. El trabajador nunca debe pagar para que lo contraten.


Bolsa de Empleo. El trabajador nunca debe pagar para que lo contraten.
Actualizado: 5 mayo, 2009 (hace 15 años)

Muchos trabajadores son vinculados a empresas por intermedio de las Bolsas de Empleo, pero esa intermediación no puede ser sufragada por el trabajador.

Muchas empresas, pequeñas y grandes acuden a un tercero para que se encargue de buscar al trabajador que necesitan, el perfil, las cualidades, experiencias, etc.

Ese tercero que recibe nombres como Bolsa de Empleo o Caza-Talentos, es la encargada no sólo de hacer la convocatoria a través de medios como clasificados en periódicos, internet, etc., sino que además recibe las hojas de vida, confirma todos los datos como experiencia laboral, académica, comercial, autenticidad de los documentos aportados y hace finalmente una preselección del personal según el perfil que busca la empresa que contrató los servicios de la Bolsa de Empleo.

Preseleccionado los aspirantes por parte de la Bolsa de Empleo, la empresa finalmente decide a que aspirante contrata.

¿Quién cubre con todos esos costos en la búsqueda de un buen trabajador?

Como se narra en el punto anterior, los clasificados, el estudio de la hoja de vida, entrevistas, etc., todo eso tiene un costo para la Bolsa de Empleo, quien cobra por sus servicios a la empresa que está interesada en un trabajador con un perfil determinado.

Nunca, los costos por esa intermediación puede ser cobrada a los aspirantes o sea al trabajador.

Cuando se dice nunca es nunca, no como acostumbran unas pocas Bolsas de Empleo que disfrazan esa prohibición con argumentos tales como que tienen que gastar en papelería y llamadas telefónicas para corroborar los datos de las hojas de vida, por lo que le exigen al trabajador que está aspirando a conseguir un trabajo, sumas de $ 10.000, $ 20.000 o hasta mas, para que sus hojas de vida sean tenidas en cuenta en un proceso de selección.

¿Qué hacer si al aspirante le cobran algún valor?

Debe denunciar esta anomalía ante la Oficina del Trabajo de su ciudad, si no hay tal dependencia en su municipio, debe hacerlo ante la primera autoridad de la ciudad que son los Alcaldes.

Recuerde que: Bolsa de Empleo no es lo mismo que las Empresas de Servicios Temporales –EST-  o las Cooperativas de Trabajo Asociado –CTA-, en el Material Relacionado encontrará sus definiciones.

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