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Casos en que no aplica la sanción mínima que dispone el artículo 639 del ET


Actualizado: 27 octubre, 2017 (hace 7 años)

¿En qué casos no aplica la sanción mínima consagrada en el artículo 639 del Estatuto Tributario?

Resuelta  19 de Octubre de 2017

Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, aclara que el artículo 639 del Estatuto Tributario se refiere a la sanción mínima, sanción que es equivalente a 10 UVT. Al respecto de esta sanción vale la pena decir que esta no aplica, por ejemplo, en los siguientes casos: intereses de mora, cálculos de sanciones por inscripción tardía en el RUT o en la no sanción por la no actualización del RUT, ni tampoco a las sanciones relativas a la declaración del monotributo mencionadas en el artículo 641 del Estatuto Tributario que fue modificado con el artículo 283 de la Ley 1819 de 2016.

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