Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Circular 0007 de 09-06-2004


Actualizado: 9 junio, 2004 (hace 20 años)

DIARIO OFICIAL 45.581

CIRCULAR EXTERNA 0007
09/06/2004


Empleadores morosos.

Dependencia: 2000

Destino: Directores Administrativos

De: Superintendente del Subsidio Familiar

Asunto: Empleadores morosos.

Fecha: 09/06/2004 12:43:47 p. m.

En desarrollo de las funciones previstas en el numeral
18 del artículo 24 de la Ley 789 de 2002, el cual
señala: "Sancionar con multas sucesivas hasta
de mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales
vigentes a favor del Fondo para el Fomento al Empleo y
Protección al Desempleo previsto en la presente
ley, a los empleadores que incurran en cualesquiera de
las siguientes conductas: No inscribir en una Caja de Compensación
Familiar a todas las personas con las que tenga vinculación
laboral, siempre que exista obligación; no pagar
cumplidamente los aportes de las Cajas y no girar oportunamente
los aportes y cotizaciones a la Caja de Compensación
Familiar de acuerdo con las disposiciones legales; no informar
las novedades laborales de sus trabajadores frente a las
Cajas".

Teniendo en cuenta que esta Superintendencia expidió las
Circulares Externas números 37 de 1995, 8, 20 y
26 de 1996, por medio de las cuales se estableció el
formato para el envío de la información relacionada
con los empleadores que se encuentran en mora reiterada,
con el fin de facilitar el cumplimiento de la directriz
impartida y la norma antes citada, de manera atenta solicito
su concurso con el fin de que la información previa
que suministra periódicamente la Corporación
a su cargo a este ente de Control, según lo dispone
el artículo 45 de la Ley 21 de 1982, en lo sucesivo
se realice en medio magnético, para lo cual en nuestra
página Web en el menú principal se halla
la opción "Cajas", allí encontrará el
archivo con el "Software Aplicativo Empleadores Morosos" y
su respectivo manual, el cual podrá ser instalado
en su disco duro, con el fin de iniciar inmediatamente
el envío de la información correspondiente.

Esperamos su decidido apoyo, con el fin de dar cumplimiento
a cabalidad de lo dispuesto por la nueva normatividad.

El Superintendente del Subsidio Familiar,

Edmundo Conde Zamorano.

(C.F.)

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