Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 587 de 23-12-2014


Actualizado: 23 diciembre, 2014 (hace 9 años)

Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 587
23-12-2014

Para efectos de la clasificación para la aplicación de las NIIF, el Decreto 3022 de 2013 establece las características para pertenecer al grupo 2, y en él se puede observar que se clasificarán en el grupo 2 quienes tengan, entre otros requisitos, activos entre 500 y 30.000 SMMLV.

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