Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cotización Seguridad Social de Independientes


Ficha técnica:

  • Duración: 50:28
Actualizado: 27 abril, 2015 (hace 9 años)

Sobre esta conferencia…

Para los trabajadores independientes es obligatorio cotizar al Sistema General de Seguridad Social; el artículo 3º de la Ley 797 de 2003 estableció que todos los que tengan un contrato de trabajo o una vinculación mediante un contrato de prestación de servicios, bien sea con una entidad pública o con la empresa privada, deben estar afiliados y cotizar a pensión; igualmente es obligatorio aportar a Salud en los Contratos de Prestación de Servicio, según el inciso 1º del artículo 23 del Decreto 1703 de 2002.

Es importante recordar que el contratante tiene potestad para retener los honorarios hasta cuando se compruebe el pago de Seguridad Social, debido a que se encuentra tributariamente restringido ya que de ello depende la posibilidad de declarar dichos gastos como deducibles.

Sobre el conferencista…

Alexander Coral Ramos, abogado, experto en Derecho Laboral, seguridad social y Derecho Comercial con dos posgrados, Especialista en Derecho Constitucional y en Derecho Administrativo. Docente en pregrado y posgrado en varias universidades del país. Conferencista del portal actualicese.co

Autor de las publicaciones “Guía Avanzada de Derecho Laboral y Seguridad Social”, “Impacto de las Sentencias de la Corte Constitucional en el mundo laboral colombiano”, “Régimen de Propiedad Horizontal” y centenares de Editoriales y artículos sobre Derecho Laboral y Seguridad Social en Revistas Universitarias, Cámara de Comercio de Cali y Periódicos Regionales.

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