Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

DIAN publicó instructivo del Impuesto Complementario de Normalización Tributaria


Actualizado: 23 febrero, 2016 (hace 8 años)

La DIAN publicó una breve cartilla con preguntas y respuestas sobre el impuesto complementario de normalización tributaria. ¿Cuál es su base gravable?, ¿cuáles son los beneficios que trae pagar este impuesto?, ¿cuál es su formulario?

Con la Ley 1739 del 2014 y como un mecanismo de lucha contra la evasión, se creó el impuesto de normalización tributaria como un impuesto complementario del impuesto a la riqueza. La normalización tributaria es un impuesto que se causa por la posesión de activos omitidos o pasivos inexistentes al 1 de enero de los años 2015, 2016 y 2017.

Se entiende por activo omitido aquel que no fue incluido en las declaraciones de impuestos nacionales existiendo la obligación legal de hacerlo, y por pasivo inexistente, el incluido en las declaraciones de impuestos nacionales con el único fin de aminorar o disminuir la carga tributaria a cargo del contribuyente.

La base gravable del impuesto complementario de normalización tributaria será el valor patrimonial de los activos omitidos determinado conforme a las reglas del Título II, del Libro I, del Estatuto Tributario, o el autoavalúo que establezca el contribuyente, el cual deberá corresponder, como mínimo, al valor patrimonial de los activos omitidos determinado conforme a las reglas del Título II, del Libro I, del Estatuto Tributario.

El impuesto complementario de normalización tributaria se declarará, liquidará y pagará en la declaración del impuesto a la riqueza (formulario 440).

Preguntas y respuestas Impuesto Complementario de Normalización Tributaria.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,