Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Exógena 2020: novedades para establecimientos y estados financieros consolidados


Exógena 2020: novedades para establecimientos y estados financieros consolidados
Actualizado: 21 enero, 2020 (hace 4 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Establecimientos permanentes obligados a reportar
  • Información requerida para obligados a consolidar estados financieros consolidados
  • Temas en los que profundiza este especial
  • Informes

Los establecimientos permanentes en Colombia que sean propiedad de personas naturales no residentes o de personas jurídicas extranjeras estarán obligados a entregar la mayoría de los reportes por el año gravable 2020.

Estas son algunas de las novedades que se observan en el texto de la Resolución 00070 de octubre de 2019, con la cual se solicitó la información exógena tributaria del año gravable 2020:

Establecimientos permanentes obligados a reportar

El literal g) del artículo 1 de la Resolución 000070 menciona por primera vez que los establecimientos permanentes en Colombia (sucursales, oficinas, agencias y otros tipos de establecimientos enunciados en los artículos 20-1 y 20-2 del ET, normas afectadas con lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley 1943 de 2018 y el Decreto 1973 de 2019) que sean propiedad de personas naturales no residentes o de personas jurídicas extranjeras estarán obligados a entregar la mayoría de los reportes del año gravable 2020 mencionados en los artículos del 17 al 25 de la Resolución 000070 de 2019 (reporte de pagos a terceros, de cuentas por cobrar, de cuentas por pagar, etc.).

Información requerida para obligados a consolidar estados financieros consolidados

El literal k) del artículo 1 de la Resolución 000070 de 2019 ya no señala a los “grupos económicos y/o empresariales” como obligados a entregar la información especial de los artículos 631-1 y 631-3 del ET (información sobre los estados financieros consolidados). Ahora la norma menciona que dicha tarea le corresponderá a “los obligados a presentar estados financieros consolidados”.

“el reporte del año gravable 2020 no solo lo elaborarán quienes tengan la calidad de “matriz o controlante”, sino también quienes tengan la condición de “filiales” o de “subsidiarias” ”

Por tanto, y si se observa adicionalmente la redacción del artículo 29 de la misma Resolución 000070, se entiende que el reporte del año gravable 2020 no solo lo elaborarán quienes tengan la calidad de “matriz o controlante”, sino también quienes tengan la condición de “filiales” o de “subsidiarias” , y que también tengan que elaborar estados financieros consolidados.

Para ampliar este tema y otros relacionados con todo lo que rodea a las propiedades horizontales presentamos el Especial Actualícese: Novedades en la información exógena requerida para el año gravable 2020.

Temas en los que profundiza este especial

Generalidades

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Cambios en exógena 2020 podrían solicitarse también para el 2019

Novedades que introduce la Resolución 000070 de 2019

  1. Personas naturales obligadas a presentar la información exógena.
  2. Personas jurídicas obligadas a presentar la información exógena.
  3. Establecimientos permanentes obligados a reportar.
  4. Información requerida para obligados a presentar estados financieros consolidados.
  5. Reporte de entidades financieras sobre cuentas AFC y AVC.
  6. Reporte de entidades financieras sobre CDT.
  7. Reporte de fondos de inversión colectiva.
  8. Reporte de entidades financieras sobre aportes voluntarios de pensiones.
  9. Reporte de entidades financieras sobre fondos de cesantías.
  10. Información sobre socios o accionistas – Formato 1010.
  11. Información sobre pagos o abonos en cuenta – Formato 1001.
  12. Reporte sobre retenciones efectuadas al informante – Formato 1003.
  13. Información sobre ingresos – Formato 1007.
  14. Reportes del IVA generados y/o descontables e impuesto al consumo – Formatos 1005 y 1006.
  15. Reporte de pasivos fiscales – Formato 1009.
  16. Reporte sobre cuentas por cobrar fiscales – Formato 1008.
  17. Información sobre ingresos recibidos o facturados por cuenta de terceros – Formato 1647.
  18. Reporte sobre descuentos al impuesto de renta e ingresos no gravados – Formatos 1004 y 2275.
  19. Nuevo formato 5253 para reportar beneficiarios efectivos.
  20. Información sobre estados financieros consolidados – Formato 1034.
  21. Reporte de tipógrafos sobre facturas de ventas elaboradas – Formato 1037.
  22. Pagos o abonos en cuenta sobre rentas de trabajo – Formato 2276.
  23. Reporte de los municipios sobre declaraciones de ICA – Formato 1481.
  24. Información solicitada a representantes de concesiones o asociaciones público-privadas – Formato 2625.
  25. Firma electrónica para la presentación virtual de los formatos.
  26. Datos especiales en renta e IVA – Formatos 1011 y 1012.

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