Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Incremento del valor del edificio perteneciente a una entidad por motivo de construcción de obras del Estado


Actualizado: 2 agosto, 2017 (hace 7 años)

Si una entidad tiene un edificio cerca del cual se construyeron unas obras por parte del Estado que incrementaron el valor del mismo, ¿cómo se debe reconocer el aumento del valor del bien inmueble bajo los Estándares Internacionales?

Juan David Maya, contador público, docente y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, señala que para el caso en mención se debe identificar es si la entidad está utilizando el modelo de revaluación o el modelo del costo y, además, determinar si el edificio es una propiedad de inversión o una propiedad, planta y equipo. Teniendo estos elementos, si se identifica que es una propiedad de inversión, la norma establece directamente que el edificio se deberá medir al valor razonable, pero si es propiedad, planta y equipo se debe analizar si la entidad tiene como política contable la revaluación o el costo.

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