Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Instrucciones para prevenir COVID-19 en ambientes laborales


Actualizado: 11 marzo, 2020 (hace 4 años)

Ministerio del Trabajo impartió instrucciones temporales que deben adoptar empleadores en ambientes laborales y así prevenir el COVID-19.

El Ministerio del Trabajo expidió la Circular 0018 de 2020, a través de la cual, entre otras cuestiones, imparte una serie de instrucciones de carácter temporal que deberán adoptar los empleadores en el marco del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo –SG-SST– para la prevención del COVID-19. Entre estas se encuentran:

* Autorizar el teletrabajo, para lo cual no deben cumplirse con el lleno de requisitos requeridos para el efecto (numeral 4 del artículo 6 de la Ley 1221 de 2008).

* Adoptar horarios flexibles, con el propósito de disminuir el riesgo por exposición en horas pico en los sistemas de transporte.

* Disminuir del número de reuniones presenciales.

* Evitar áreas o lugares con aglomeraciones en los que pueda interactuarse con personas enfermas.

Los trabajadores tendrán la obligación de reportar de manera inmediata el padecimiento de algún síntoma relacionado con la gripe.

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