Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La diferencia entre incidente y accidente de trabajo


Actualizado: 13 enero, 2015 (hace 9 años)

La importancia del adecuado entendimiento y uso de estos términos, radica en el apropiado manejo de los sucesos que ocurren en la empresa y la intervención de la Aseguradora de Riesgos Profesionales, frente a lo anterior es importante tener en cuenta que los sistemas de seguridad industrial y empresarial son una preocupación latente de las organizaciones, dado que de estas prácticas depende la seguridad y salud de los empleados.

Dadas las necesidades por disminuir los riesgos en el entorno laboral y mejorar los sistemas de seguridad, en los últimos años se han expedido una serie de normatividades que propenden a mejorar las buenas prácticas empresariales y a velar por el bienestar de los empleados.

Una de las normatividades más relevantes en materia de seguridad laboral y atención de riesgos, enfermedades y accidentes laborales, es la Ley 1562 de 2012, con la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional.

En cuanto al tema de los accidentes e incidentes laborales, resulta importante la distinción de estos términos debido a que cada uno posee un procedimiento diferente por parte del empleador, y además en uno se requiere reporte e intervención de la ARL mientras que en el otro no, lo primero es definir que ha determinado la Ley 1562 de 2012, como un accidente de trabajo:

Todo acontecimiento imprevisto que surja por causa del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte.

La norma ha considerado algunas situaciones en las que a pesar de que el empleado no se encuentre en las horas o lugar de trabajo, deben también entenderse aquellos imprevistos como accidente de trabajo:

  1. Aquel que se produzca en la ejecución de órdenes del empleador.
  2. Aquel que se origine durante el traslado de los trabajadores o contratistas, desde su domicilio al lugar de trabajo o viceversa, solo en el caso en que el transporte lo aprovisione el empleador.
  3. El ocurrido durante el ejercicio de la función sindical, aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función.
  4. El que se origine en la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión.
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Ahora bien, en cuanto al incidente de trabajo, se hará referencia a lo que se ha definido en la Resolución 1401 de 2007, se reconoce que un incidente de trabajo es un acontecimiento imprevisto que surge por causa del trabajo y que tuvo el potencial de ser un accidente, de las características importantes a resaltar es que los trabajadores involucrados no sufrieron lesiones como tampoco se presentaron daños a la propiedad y/o interrupción en los procesos.

De acuerdo con lo anterior, se puede señalar que la diferencia fundamental entre un incidente y un accidente de trabajo, son las consecuencias generadas del imprevisto, es decir, que en el incidente no existen lesiones funcionales o psiquiátricas que afectan el bienestar físico o psicológico del trabajador; mientras que, en el accidente sí.

Lo importante es que las empresas identifiquen en los incidentes las causas potenciales de los riesgos laborales con la finalidad de prevenir futuros accidentes, es de tener en cuenta, que los incidentes graves deben ser reportados a la ARL porque en el futuro por secuelas se pueden transformar en accidentes que requieren de la atención de la aseguradora.

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