Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ley de Acoso Laboral NO aplica en Cooperativas de Trabajo Asociado


Ley de Acoso Laboral NO aplica en Cooperativas de Trabajo Asociado
Actualizado: 16 junio, 2009 (hace 15 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Primero, lo primero: ¿Qué es la Ley de Acoso Laboral?
  • Vinculación a una CTA y PCTA
  • ¿A los asociados de la CTA y PCTA se les aplica la Ley de Acoso Laboral?

La Ley de Acoso Laboral aplica tanto para empleados del sector privado como el público, pero no se aplica a los trabajadores vinculados a través de Cooperativas de Trabajo Asociado.

Primero, lo primero: ¿Qué es la Ley de Acoso Laboral?

Tal como lo señala la Ley 1010 de 2006, conocida popularmente como la Ley de Acoso Laboral, esta fue creada con el propósito de definir, prevenir, corregir y sancionar las diversas formas de agresión, maltrato, vejámenes, trato desconsiderado y ofensivo y en general todo ultraje a la dignidad humana que se ejerce sobre los subordinados de una relación laboral: los trabajadores. Tema que tratamos ampliamente en nuestra conferencia Acoso Laboral: ¿Cómo y cuándo sucede?

Vinculación a una CTA y PCTA

Lo primero que debemos precisar, es la forma contractual que tienen las personas vinculadas a las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado.

Si bien muchos aun creen que su vinculación es laboral, pues están equivocados, la vinculación que una persona hace a una CTA o PCTA es en calidad de asociado y como tal, no es subordinado, es asociado, está en iguales condiciones a todos los demás  miembros de la CTA y PCTA incluyendo los administradores de estas.

¿A los asociados de la CTA y PCTA se les aplica la Ley de Acoso Laboral?

No. Por la sencilla razón que esta ley aplica para aquellas relaciones donde hay subordinación y en la CTA y PCTA no hay tal subordinación o dependencia porque su vinculación es en calidad de asociado, su marco legal no está determinado por la legislación laboral sino por los estatutos de la Cooperativa de Trabajo Asociado.

Sucede igual que en los contratos de prestación de servicios, donde no existe subordinación o dependencia, por lo que tampoco aplica la Ley de Acoso Laboral.

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