Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ley de financiamiento: así afectará a empresas y personas naturales


Ley de financiamiento: así afectará a empresas y personas naturales
Actualizado: 21 diciembre, 2018 (hace 5 años)

Daniel Bulla, gerente de impuestos de BDO Colombia analiza diversos puntos de la ley de financiamiento que afectan tanto a personas jurídicas como naturales. Sobre las últimas, piensa que quien tiene más, deberá contribuir más. Por su parte, las jurídicas se verán beneficiadas.

Mientras se continúan definiendo los últimos detalles de la ponencia de la ley de financiamiento, continúan apareciendo temas preocupantes sobre posibles impuestos, tanto para los empresarios como para los particulares.

Daniel Bulla, gerente de impuestos de BDO Colombia analiza cuáles con las principales propuestas que podrían afectar en mayor medida a los colombianos luego de aprobarse la ley de financiamiento. Para él, el articulado mantiene desde su propuesta inicial una serie de medidas que benefician a las empresas, como son: la baja en la tarifa del impuesto a la renta corporativa, el marchitamiento de la renta presuntiva y el descuento del IVA y el ICA en el impuesto de renta, con lo cual se favorecería la inversión. Sin embargo, se conservan medidas contradictorias como el aumento al impuesto a los dividendos.

En cuanto a los productos de consumo, la más reciente propuesta es la definición del IVA plurifásico a gaseosas y cervezas, que se puede convertir en un IVA bifásico en fábrica y en la distribución de grandes superficies, para de esta forma liberar a los tenderos que deberían inclinarse por invocar el nuevo régimen simple de tributación y al comprador final del alza.

“Más que una estrategia de recaudo, estas medidas lo que pretenden es desincentivar el consumo de alcohol. Con la propuesta, seguramente no se incrementará dramáticamente el recaudo, toda vez que estas bebidas ya pagaban el impuesto, pero en sede del importador o de productor”, dice Bulla.

“algo negativo en el proyecto de la ley de financiamiento es la incorporación de un impuesto nuevo al consumo de inmuebles cuyo valor supere los 918 millones aproximadamente del 2 %”

Desde el punto de vista de Bulla, algo negativo en el proyecto de la ley de financiamiento es la incorporación de un impuesto nuevo al consumo de inmuebles cuyo valor supere los 918 millones aproximadamente del 2 %, gravamen diferente del IVA que adicional a encarecer las viviendas, prohíbe su descuento afectando directamente al constructor.

Sobre lo anterior, Bulla explica que la primera venta de vivienda a este nivel ya estaba gravada con un IVA del 5 %, «lo cual, aunque en demerito de los compradores finales, representaba para los constructores un alivio en sus finanzas al poder recuperar los impuestos pagados en la cadena de construcción. Este impuesto al consumo es un retroceso en lo que ya se había logrado con la última reforma y no solo mantiene castigada la vivienda, sino que afecta al sector que tal vez más impulso le da al flagelo del desempleo en el país”.

Quien tiene más, debe contribuir más

Respecto a la tarifa adicional de 39 % para gravar a las personas naturales que ganan hasta 100 millones de pesos, para Bulla esto es lo normal en un sistema tributario. “El que más tiene debe contribuir más y frente a todas las cédulas que actualmente existen, solo han servido para disgregar los ingresos por varias depuraciones, llegando a erosionar el impuesto al final del día», explica.

Para él, la tarifa adicional es una medida que busca hacer más equitativo el sistema, pero puede dar un mensaje equivocado, ya que muchos contribuyentes podrían buscar recibir sumas de dinero por fuera del país o reubicar la residencia tributaria en otras jurisdicciones.

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