Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Notificación de requerimiento especial tributario


Actualizado: 28 mayo, 2019 (hace 5 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta 

¿Qué situaciones conllevan a que un contribuyente tenga que ser notificado por parte de la Dian mediante un “requerimiento especial”? ¿En qué términos debe responder el contribuyente? 

Pregunta resuelta el 16 de Mayo de 2019

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios menciona que de acuerdo con lo establecido en el artículo 714 del Estatuto Tributario las declaraciones tributarias quedan en firme una vez transcurrido un período de tres años, es decir que la Dian puede durante dicho tiempo realizar procesos de auditoría y enviar notificaciones de requerimiento especial en los casos en que exista alguna inconsistencia fiscal.

Ahora bien, para conocer cómo debe ser tratado un requerimiento especial es necesario abordar lo que señalan los artículos del 702 al 173 del Estatuto Tributario.

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