Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Obligación de empleador de brindar primeros auxilios en accidente laboral


Actualizado: 5 agosto, 2016 (hace 8 años)

El empleador tiene el deber legal de atender los primeros auxilios cuando un trabajador se accidenta laboralmente, además de tener implementadas normas de salud ocupacional y reportar el accidente de trabajo a la administradora de riesgos laborales.

Si hay omisión por parte del empleador en cuanto al cumplimiento de sus obligaciones no solo se hace acreedor a las sanciones por la inspección, vigilancia y control realizada por las autoridades, sino que debe responder por las prestaciones económicas y asistenciales por las que haya respondido el sistema si se hubiese afiliado al trabajador.

Por otra parte, el Ministerio del Trabajo indica que la incapacidad otorgada al trabajador busca que recupere su estado de salud y se reintegre a trabajar un vez termine la misma que, tratándose de accidente laboral, amerita no solo la incapacidad médica sino la rehabilitación.

Sería abuso del empleador no solo no afiliar al trabajador y no atender los primeros auxilios, sino obligarlo a laborar en condiciones deplorables que afectan su salud y pueden traer secuelas más graves a las consecuencias de por sí lamentables del evento.

Fuente: Ministerio del Trabajo.

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