Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Pérdidas fiscales en personas naturales


Actualizado: 8 junio, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

A partir del año gravable 2017, ¿cómo deben ser tratadas las pérdidas fiscales generadas por las personas naturales?

Resuelta el 31 de mayo de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, aclara que, de acuerdo con lo establecido en los artículos 330 y 331 del Estatuto Tributario, a las personas naturales se les permite efectuar el proceso de compensación de pérdidas fiscales.

Recordemos que, a partir del año gravable 2017 y siguientes, con las nuevas disposiciones que introdujo la Ley 1819 de 2016, se debe aplicar el nuevo sistema de cedulación, siguiendo las instrucciones fijadas en el Decreto 2250 de 2017, las cuales deberán ser presentadas en el formulario 210 cedulado.

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