Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Proceso a realizar por entidad del grupo 2 que aún no ha aplicado los nuevos marcos contables


Actualizado: 4 abril, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Juan David Maya a la pregunta 

Una empresa creada antes de 2013, la cual no ha implementado los nuevos marcos contables, debe cumplir todos los procedimientos para la implementación como si lo hubiese hecho al 1 de enero de 2015, teniendo en cuenta que se trata de una entidad del grupo 2?. Dicho esto, ¿la aplicación de los nuevos marcos contables para una entidad del grupo 2, difiere mucho de los que son aplicables para una entidad del grupo 3?  

Juan David Maya, experto y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, deja muy en claro que todas las empresas en Colombia que se encuentren obligadas a llevar contabilidad, al igual que las personas naturales, deben implementar los nuevos marcos contables, según el grupo al que pertenezcan, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 2420 de 2015, modificado por el Decreto 2496 del mismo año.

Así mismo, se aclara que, si una persona natural no está obligada a llevar contabilidad, pero toma la decisión de hacerlo de forma voluntaria, deberá aplicar lo mencionado líneas atrás.

Igualmente, se indica que, si una entidad presentó estados financieros, pero sin tener presente los nuevos marcos contables, se podría concluir que la información reportada no goza de validez legal.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,