Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Qué beneficios fiscales especiales se otorgan a las empresas acogidas a la ley 1116 de 2006? – Conferencia Virtual


Actualizado: 22 octubre, 2007 (hace 17 años)

Duración: 7 minutos

¿De qué se trata esta conferencia?

Desde el pasado 27 de Junio de 2007 empezó a tener vigencia la norma contenida en la Ley 1116 de Diciembre 27 de 2006, Ley mediante la cual se contemplan los nuevos procesos de insolvencia o de reorganización para las empresas que tengan dificultades en el cumplimiento de sus acreencias externas. En el artículo 40 de dicha ley se mencionan 2 beneficios fiscales especiales que se otorgarían a tales empresas y son los que se comentan en esta conferencia gratuita.

  1. Breve comentario sobre los procesos de insovencia o procesos de reorganización contemplados en la ley 1116 y a los cuales se pueden acoger, desde Junio 27 de 2007 en adelante, las empresas que tengan difucultades para el cumplimiento de sus acreencias externas

  2. Analisis a los beneficios fiscales contenidos en el art.40 de la ley 1116 de 2006 y que se otorgan a las empresas que se acojan a los nuevos procesos de insolvencia o reorgananización


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