Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Quejas por Habeas Data no paran de crecer


Quejas por Habeas Data no paran de crecer
Actualizado: 4 julio, 2013 (hace 11 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Actualidad de las quejas de los colombianos
  • ¿Qué se recomienda?
  • El Gobierno mueve sus fichas

Las quejas de los ciudadanos que consideran violado este derecho constitucional en cuanto a información personal que administran entidades, sean públicas o privadas, han aumentado.

Actualidad de las quejas de los colombianos

+ Hoy se están recibiendo un promedio de 200 quejas semanales.

+ La mayoría de las quejas tienen que ver con entidades o empresas que manejan información financiera y crediticia que después reportan a centrales de riesgo.

+ En la mayoría de los casos, el problema no es de la central sino de la entidad que es fuente de la información reportada.

+ Están en la mira empresas colectoras de cartera, firmas de venta directa, operadores de telefonía celular, agencias de arriendos, entre otras.

¿Qué se recomienda?

El 50% de las quejas tiene que ver con la veracidad de la información reportada a centrales, un 25% se relaciona con la omisión de las empresas o centrales de atender la solicitud directa y otro tanto es por la falta de autorización previa para uso de información personal.

Todo deudor moroso debe ser informado con 20 días de antelación antes de ser reportada la información a la central de riesgo, en ese tiempo puede pagar la obligación o controvertirla.

Se debe presentar la queja directamente ante la entidad pública o privada que hace tratamiento de la base de datos. Si pasados 15 días hábiles se contesta mal o no hay respuesta, las personas pueden acudir a la Superintendencia de Industria y Comercio e instaurar su queja. Lo pueden hacer también por internet (www.sic.gov.co), anexando constancia de que se radicó el reclamo o la respuesta que recibió y no le satisfizo. El trámite no tiene costo.

El Gobierno mueve sus fichas

Con el objetivo de facilitar la implementación y el cumplimiento de la Ley 1581 del 2012, Hábeas Data, el Ministerio de Comercio reglamentó varios aspectos relacionados con la autorización del titular de información para el tratamiento de sus datos personales, las políticas de tratamiento de los responsables y encargados, el ejercicio de los derechos de los titulares de información, las transferencias de datos personales y la responsabilidad demostrada frente al tratamiento de estos.

En el caso de los datos recolectados antes de la reglamentación, los responsables deberán solicitar la autorización de los titulares para continuar con su tratamiento, a través de mecanismos eficientes de comunicación, así como poner en conocimiento de estos sus políticas de tratamiento de la información y el modo de ejercer sus derechos.

Sobre la posibilidad de rectificación de datos personales, estos deben ser precisos y suficientes, y, cuando así lo solicite el titular o cuando el responsable lo haya advertido, podrán ser actualizados o suprimidos.

La reglamentación precisa que la recolección deberá limitarse a aquellos datos personales que son pertinentes y adecuados para la finalidad para la cual son recogidos o requeridos.

Los responsables deberán proveer una descripción de los procedimientos usados para la recolección, almacenamiento, uso, circulación y supresión de la información, así como la descripción de las finalidades para las cuales usa la información.

También se establece que el tratamiento de datos personales de niños, niñas y adolescentes está prohibido, excepto cuando se trate de datos de naturaleza pública, conforme al artículo 7º de la Ley 1581 del 2012, y cuando dicho tratamiento responda y respete el interés superior de los niños, niñas y adolescentes y asegure el respeto de sus derechos fundamentales.

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