Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Recomendaciones a la hora de tramitar el RUT


Recomendaciones a la hora de tramitar el RUT
Actualizado: 31 julio, 2015 (hace 9 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Qué es el RUT?
  • ¿Cuándo se diligencia por primera vez?
  • ¿Cómo se debe hacer?
  • Recomendaciones para quienes lo van a diligenciar por primera vez
  • ¿En qué casos se debe actualizar el RUT?
  • Si va a actualizar el RUT de forma presencial recuerde que…
  • ¿Y quienes están en el exterior cómo deben hacerlo?

La DIAN estima que alrededor de 2 millones de personas naturales presentarán la declaración de renta entre marzo y octubre del 2015, y el recaudo esperado por este concepto es de $1,53 billones. Uno de los requisitos para hacerlo, es estar inscrito en el RUT.

“El RUT es el mecanismo único que tiene la DIAN para identificar, ubicar y clasificar a los sujetos de obligaciones en materia tributaria, aduanera y cambiaria.”

Uno de los requisitos que deben tener en cuenta los contribuyentes a quienes desde el 11 de agosto se les comenzarán a vencer los plazos para declarar y pagar el impuesto de renta, es el de estar inscritos en el Registro Único Tributario –RUT. Estas son algunas recomendaciones por parte de la DIAN.

¿Qué es el RUT?

El RUT es el mecanismo único que tiene la DIAN para identificar, ubicar y clasificar a los sujetos de obligaciones en materia tributaria, aduanera y cambiaria.

¿Cuándo se diligencia por primera vez?

  • Al inicio de la actividad económica.
  • Al cumplimiento de obligaciones administradas por la Dian.
  • A la realización de operaciones en calidad de importador, exportador o usuario aduanero.
  • Las personas naturales que en el correspondiente año gravable adquieran la calidad de declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios.

¿Cómo se debe hacer?

  • Solicite con anticipación una cita telefónica en los números 3198585 en Bogotá, o en la línea 018000129070, lo cual facilita su expedición. También puede hacerlo a través de la página web.

Recomendaciones para quienes lo van a diligenciar por primera vez

  • Se debe presentar el original y una copia ampliada al 150% de su documento de identidad.
  • Si lo hace a través de apoderado, original del poder especial, o copia del general y copia del documento de identidad del apoderado, con exhibición del original.
  • Preséntese con tiempo a su cita.

¿En qué casos se debe actualizar el RUT?

El RUT solamente se debe actualizar en caso en que haya cambiado datos de ubicación y clasificación como dirección, teléfonos, correo electrónico, actividad económica; o requiera adicionar responsabilidades como por ejemplo la obligación de presentar declaración de renta y complementarios.

Si va a actualizar el RUT de forma presencial recuerde que…

  • Debe presentar el original y una copia ampliada al 150% de su documento de identidad.
  • Si lo hace a través de apoderado, original del poder especial, o copia del general y copia del documento de identidad del apoderado, con exhibición del original.
  • Preséntese con tiempo a su cita.
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¿Y quienes están en el exterior cómo deben hacerlo?

La solicitud de inscripción o actualización del Registro Único Tributario –RUT–, la podrán realizar a través del Sistema de Quejas, Reclamos, Peticiones y Sugerencias – PQRS, anexando copia escaneada del documento de identidad y del pasaporte en donde conste la fecha de salida del país.

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