La Ley 1819 de 2016, correspondiente a la reforma tributaria estructural, modificó la forma de liquidar el impuesto de industria y comercio, incluyó una serie de reglas relacionadas con la territorialidad del impuesto y creó un formulario único nacional para la declaración y pago de este.
Además de introducir cambios en los impuestos nacionales, la Ley 1819 de diciembre 29 de 2016 modificó aquellos correspondientes al nivel departamental y municipal, entre los que se encuentra el de industria y comercio.
El impuesto de industria y comercio ya no se liquidará sobre el promedio mensual de ingresos brutos del año anterior sino sobre la totalidad de los ingresos ordinarios y extraordinarios percibidos en el año gravable.
No obstante, para determinar la base gravable no deberán incluirse aquellos ingresos provenientes de actividades exentas, excluidas o no sujetas, devoluciones, rebajas y descuentos, exportaciones y venta de activos fijos.
Es preciso tener en cuenta que los límites de las tarifas a aplicar a la base gravable no fueron modificados, es decir, continúan siendo del 2*1.000 al 7*1.000 para las actividades industriales y del 2*1.000 al 10*1.000 para las comerciales y de servicios.
Así mismo, aunque el proyecto inicial de reforma tributaria no contemplaba que los distribuidores de derivados del petróleo debían seguir pagando el impuesto de industria y comercio sobre el margen bruto fijado por el Gobierno para la comercialización de los combustibles (ver el artículo 292 de dicho proyecto), a partir de la modificación que sufrió el artículo 196 del Decreto Ley 1333 de 1986 por el artículo 342 de la Ley 1819 de 2016 volvió a establecerse la vigencia de la base gravable especial para los distribuidores de los derivados del petróleo y demás combustibles.
Resulta necesario tener en cuenta los siguientes aspectos de la territorialidad del impuesto de industria y comercio:
Es importante señalar que el impuesto de industria y comercio para las actividades desarrolladas por patrimonios autónomos se causaría a favor del municipio donde estas se realicen.
Así mismo, según la reforma tributaria, a partir de 2018 los municipios y distritos deberán permitir que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones tributarias desde cualquier lugar del país.
Por último, dicha ley permite que los concejos municipales y distritales establezcan un sistema preferencial del impuesto de industria y comercio, avisos y tableros y otros impuestos o sobretasas complementarios a este para sus pequeños contribuyentes.