Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
Si una entidad gasta $100.000.000 en la fiesta de fin de año de los trabajadores, ¿dicho valor puede ser tomado en su totalidad como deducible en renta? ¿Qué tipo de soportes deben ser presentados?
Pregunta resuelta el 25 de abril de 2019
Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios señala que para dar respuesta a la consulta es necesario estudiar lo que dispone el artículo 107-1 del Estatuto Tributario, adicionado por la Ley 1819 de 2016 mediante el artículo 63, disposición tributaria que no fue afectada por la Ley de financiamiento.
Al hacer lectura de la norma se puede observar que los gastos generados en las fiestas de fin de año por las empresas pueden ser tomados como deducibles en renta, respetando el límite del 1 % de los ingresos fiscales netos.