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Requisitos de pensión: más cupos de subsidios para ex madres comunitarias y sustitutas


Actualizado: 9 marzo, 2022 (hace 2 años)

Un requisito para las ex madres comunitarias que quieran aplicar al beneficio y así acceder a una pensión es ser colombiano/a; tener mínimo 57 años, si es mujer, o 62 años, si es hombre.

El presidente Iván Duque firmó un decreto que amplía el cupo y el valor de los subsidios entregados a las ex madres comunitarias y sustitutas del país, aumentando las ayudas de $280 mil a $440 mil por beneficiaria y garantizando su financiación a través del Fondo de Solidaridad Pensional, y así contribuir a su pensión.

“Es importante resaltar que, a través de este decreto, también se está garantizando que el valor de dicho subsidio no perderá su poder adquisitivo en el tiempo, contribuyendo así a su sostenibilidad económica durante la vejez”, afirmó el Ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera.

Al inicio del Gobierno, se atendían 2.379 beneficiarias y de la mano de las ampliaciones de cobertura que se han realizado, el subsidio ya llega a cerca de 6.000 ex madres.

Los requisitos para las ex madres comunitarias que quieran aplicar al beneficio, son: ser colombiano/a; tener como mínimo 57 años, si es mujer, o 62 años, si es hombre, y no reunir los requisitos para acceder a pensión.

Igualmente, haber residido durante los últimos diez años en el territorio nacional; acreditar la condición de retiro como madre comunitaria del programa de hogares comunitarios de Bienestar Familiar a partir de la entrada en vigor de la Ley 1450 de 2011, y haber realizado la labor como madre comunitaria por un tiempo no menor de 10 años.

Así mismo, los requisitos para las ex madres sustitutas son: ser colombiano/a; acreditar la condición de retiro como madre sustituta de la modalidad de hogares sustitutos de Bienestar Familiar a partir del 24 de noviembre de 2015; haber desarrollado su labor de madre sustituta por un tiempo no menor a 10 años; haber residido durante los últimos diez años en el territorio nacional, y haber cumplido la edad para pensión de vejez, sin reunir los requisitos para acceder a una pensión.

Fuente: Ministerio del Trabajo.

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