Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Sentencia 110010324000201000402 00 del 18-03-2021


Actualizado: 18 marzo, 2021 (hace 3 años)

Consejo de Estado
Sentencia 110010324000201000402 00
Marzo 18 de 2021

El Consejo de Estado determinó que quienes ofrezcan servicios turísticos mediante el alquiler de bienes inmuebles sujetos al régimen de propiedad horizontal deberán someterse a que el reglamento de la copropiedad les permita, previamente y de manera expresa, darles ese tipo de uso a los bienes inmuebles.

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