Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tratamiento tributario de las consignaciones en la declaración de renta de persona natural


Actualizado: 11 agosto, 2017 (hace 7 años)

Si una persona natural en el año 2016 efectuó $109 millones por consignaciones y de ese dinero invirtió en una fiducia $80 millones en el mismo banco donde tiene el dinero consignado, ¿queda obligado a declarar renta por el año gravable 2016?

Resuelta 03 de Agosto de 2017

Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, señala que efectivamente la persona natural del caso en mención queda obligada a declarar renta debido a que cumple con los criterios que estipula el artículo 594-3 del Estatuto Tributario.

Ahora bien, la norma mencionada establece que las consignaciones se deben sumar con las inversiones financieras para determinar si se supera los topes para declarar renta por el año gravable 2016.

De igual forma, vale la pena destacar que para el año 2017 y siguientes ya comienza a aplicarse el sistema de cedulación para efectos de declarar renta.

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