Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Venta de mercancía en consignación: reconocimiento según NIIF para pymes


Venta de mercancía en consignación: reconocimiento según NIIF para pymes
Actualizado: 9 septiembre, 2015 (hace 9 años)

Cuando se habla de ventas de mercancía en consignación se hace referencia a un tipo de transacción que no se considera venta; bajo NIIF la existencia de este tipo de acuerdos no tiene efectos importantes.

Resolvamos brevemente la siguiente consulta de uno de nuestros usuarios ¿Cómo reconocer operaciones de venta bajo la modalidad de mercancía en consignación?

Revisemos un caso: Se fabrican trapeadores, se va a un supermercado y se ofrece el producto con todas sus cualidades destacables y este cliente acepta recibir 200 unidades para exhibición, pero solamente le cancelarán las unidades efectivamente vendidas y las unidades sobrantes serán devueltas.
 
Si se analiza este panorama de acuerdo con lo indicado en la Sección 23 de la NIIF para pymes, si el plazo para el pago no comienza a correr, la venta no se ha realizado; además, la condición de que si no se vende el producto, este será devuelto, es muestra evidente de que esta transacción aún no se considera venta.
El reconocimiento contable de esta operación consistirá entonces en que una vez establecido que el contrato es de mercancía en consignación, cuando se lleva el inventario para exhibición en el supermercado, no va a pasar nada en el estado de resultados del vendedor; en el estado de situación financiera tampoco ocurrirá nada, el inventario seguirá siendo el mismo; lo que debe hacerse es, internamente, generar un registro de control de inventarios en el que se va a guardar memoria de la ubicación de las unidades de inventario.

Como puede verse solo se da un traslado físico de inventarios, pero contablemente no pasa nada. Cuando el cliente vende el producto y lo notifique, se dará de baja el valor correspondiente del inventario, se reconoce el costo de ventas y el ingreso respectivo; de igual forma el cliente reconocerá simultáneamente la compra y la venta, cuando venda una unidad del producto.

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