Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Aplicación de la bancarización por los minimercados ubicados en las estaciones de gasolina


Actualizado: 10 abril, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

¿Los minimercados que se encuentran ubicados en la estaciones de servicio de gasolina deben aplicar el proceso de bancarización?

Resuelta 1 de marzo de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, deja muy en claro que todo tipo de contribuyente que sea responsable del impuesto de renta o del impuesto a las ventas, está obligado a aplicar el proceso de bancarización que se establece el artículo 771-5 del Estatuto Tributario. Es de anotar que los pagos que superan los topes en la normatividad citada pueden ser rechazados como costo o deducción.

Cabe aclarar que, a la fecha en que se responde la consulta, la Dian no ha expedido los respectivos decretos reglamentarios.

 

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