Bases y tarifas sobre las que se practicarán retenciones y/o autorretenciones del CREE
- Publicado: 27 mayo, 2013
El CREE se practicará sobre cualquier monto de los bienes o servicios que sean cobrados por las sociedades y demás entes jurídicos vendedores. En el CREE se pueden restar ciertos ingresos como no gravados e ingresos como rentas exentas; sobre esos no se debería practicar retención del CREE.
El art. 2 del Decreto 862 estableció que la retención a título del CREE se practicará sobre cualquier monto de los bienes o servicios que sean cobrados por las sociedades y demás entes jurídicos vendedores. Este se practicará en el momento del pago o abono en cuenta lo que suceda primero.
La retención del CREE solo se debe practicar cuando el vendedor de los bienes o servicios perciba ingresos que le formen rentas ordinarias en su declaración anual de renta, pero no se le debe practicar cuando se gane una lotería, una rifa o cualquier otro ingreso que le origine ganancias ocasionales en su declaración anual de renta, ya que el art. 22 de la Ley 1607 dice que los ingresos por ganancias ocasionales solo sumarán en la declaración de renta, pero no sumarán en la declaración anual del CREE.
De igual manera, si el art. 369 del E.T. dice que la retención a título del impuesto normal de renta no se practica cuando el beneficiario perciba ingresos que para él sean no gravados o que sean rentas exentas, entonces se puede afirmar que en el CREE también se pueden restar ciertos ingresos como no gravados y ciertos ingresos como rentas exentas, entonces sobre esos no se debería practicar retención del CREE.
Tarifas
El artículo 2 del Decreto 862 dispuso que habrá una tarifa diferente según el código de la actividad económica principal que desarrolle el vendedor de los bienes o servicios.
En este artículo hay una tabla con los casi 450 códigos de actividades económicas fijadas en la reciente Resolución 0139 de noviembre de 2012 y frente a ella se indicó la tarifa a aplicar (0,3%, 0,6% o 1,5%).
Las sociedades y demás entes jurídicos vendedores de los bienes tienen que tener actualizado su RUT con esos nuevos códigos y cuando efectúen sus ventas, sin importar cuál bien o servicio estén facturando, deberán indicar al agente de retención el código de su actividad económica principal y para ello le exhibirán su RUT.
Operaciones anuladas
Por otra parte, los artículos 5 y 6 del Decreto 862 indican que si una operación quedó sujeta a retención del CREE, pero luego se anulan, rescinden o devuelven la venta u operación sobre la que se había hecho inicialmente la retención, el agente de retención devolverá la retención inicial acreditando en la declaración mensual del CREE del periodo en que se produzca la devolución.
Además, si la devolución de la retención la tiene que registrar en un año posterior al que se había practicado, antes de registrarla debe anular el certificado de retención del CREE o recibir de parte del vendedor la confirmación de que esa retención inicial no fue ni será usada en su declaración anual del CREE del año anterior.
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