Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cobro a empleados por parte de la empresa por pérdidas o daños en los productos ofertados


Actualizado: 29 abril, 2019 (hace 5 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

Las empresas comerciales manejan un margen de pérdidas. Al respecto, ¿es legal cobrarle al empleado las pérdidas y el daño o devolución de los productos dentro del almacén?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral cita el artículo 59 del Código Sustantivo del Trabajo y expresa que los empleadores no pueden deducir, retener o compensar los salarios y prestaciones del trabajador sin autorización previa. Además, el artículo 28 del mismo Código ha establecido que el trabajador puede participar de las utilidades o beneficios de su empleador, pero nunca asumir sus riesgos o pérdidas. Por tanto, frente al caso en cuestión, el empleador no está autorizado para deducirle al trabajador las pérdidas de la compañía.

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