Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Cómo definir los patrimonios bruto y líquido en la declaración de renta de personas jurídicas?


¿Cómo definir los patrimonios bruto y líquido en la declaración de renta de personas jurídicas?
Actualizado: 24 marzo, 2020 (hace 4 años)

Al elaborar la declaración de renta de las personas jurídicas del año gravable 2019 es importante definir correctamente los patrimonios bruto y líquido, ya que influyen en muchos cálculos tributarios.

En nuestra capacitación virtual hacemos un repaso de los aspectos más importantes a tener en cuenta.

Para elaborar la declaración de renta de las personas jurídicas del año gravable 2019 es de vital importancia definir correctamente los patrimonios bruto y líquido, dado que influyen en muchos cálculos tributarios.

En las declaraciones del impuesto sobre la renta deben informarse cuáles fueron los patrimonios bruto y líquido al cierre del año. Para ello, deberán aplicarse los criterios fiscales contemplados en el Estatuto Tributario –ET–, con el propósito de definir correctamente el valor patrimonial de los activos y pasivos.

Determinar incorrectamente lo anterior incide en varios aspectos, como son los siguientes:

  • Alteraciones en los cálculos para determinar si el contribuyente se encuentra obligado a presentar la declaración informativa de precios de transferencia.
  • Irregularidades al momento de determinar si la declaración de renta o de ingresos y patrimonio debe ser firmada por un contador público.
  • Alteraciones en el cálculo de la renta presuntiva de los períodos siguientes.

¿Interesado en ampliar este tema?

Con la guía de Diego Guevara Madrid, los invitamos para que se conecten a nuestra capacitación virtual ¿Qué cambió en la presentación de declaración de renta de personas jurídicas, año gravable 2019?. Serán 8 horas en línea que usted no puede pasar por alto.

En el transcurso de esta capacitación se señalará la normativa que deberá tenerse en cuenta para la elaboración y presentación de la declaración de renta de las personas jurídicas por el año gravable 2019.

Los asistentes virtuales identificarán los aspectos necesarios para determinar el patrimonio fiscal a diciembre 31 de 2019, y para realizar la depuración de la renta líquida y ganancia ocasional gravables de las personas jurídicas por el año gravable 2019.

De igual forma, se comentarán los puntos relevantes relacionados con la elaboración y presentación del formato 2516 para el reporte de conciliación fiscal, al igual que lo concerniente al formato para el detalle del renglón de “otras deducciones”, creado por la Ley de financiamiento 1943 de 2018.

¿En qué temas usted quedará actualizado?

  • Repaso y comentarios a las más importantes reglamentaciones que se hayan expedido durante 2018, 2019 y comienzos de 2020, en relación con la preparación y presentación de la declaración de renta o de ingresos y patrimonio de todas las personas jurídicas (ya sean del régimen ordinario o del especial, entidades no contribuyentes declarantes, o sociedades declarantes del régimen simple).
  • Comentarios sobre los puntos más importantes que se deben tener en cuenta a la hora de definir el patrimonio fiscal a diciembre 31 de 2019.
  • Comentarios sobre los puntos más importantes que se deben considerar al momento de depurar la renta líquida y ganancia ocasional gravables de las personas jurídicas por el año gravable 2019, destacando los beneficios tributarios más relevantes que se pueden aplicar en dicha depuración.
  • Comentarios sobre la forma en que se tendrá que elaborar y presentar el nuevo formato 2516 para el reporte de conciliación fiscal y el nuevo formato para el detalle del renglón de “otras deducciones”.
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Si quiere conocer más detalles de la capacitación virtual ¿Qué cambió en la presentación de declaración de renta de personas jurídicas, año gravable 2019?, ingrese aquí.

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