Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿Son compensables, de manera proporcional, las pérdidas fiscales (renta y Cree) acumuladas al 31 de diciembre de 2016 con sus respectivos reajustes fiscales?
Resueltas septiembre 20 de 2018
Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios señala que los contribuyentes personas jurídicas que al año gravable 2016 tenían pérdidas por compensar, lo podían hacer a partir del año gravable y siguientes, conforme a lo establecido en el artículo 290 del Estatuto Tributario, disposición tributaria que también establece que las pérdidas generadas en el impuesto de renta y el CREE, al 2016, no se les puede aplicar el proceso del reajuste fiscal para proceder con la respectiva compensación.