Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 021343 de 11-07-2017


Actualizado: 11 julio, 2017 (hace 7 años)

Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Concepto 021343
Julio 11 de 2017

El hecho generador del impuesto de industria y comercio es la realización de cualquier actividad industrial, comercial o de servicios en una jurisdicción municipal. Por ende, quien realice tal actividad deberá cumplir con las obligaciones de los contribuyentes, es decir, inscribirse, declarar y pagar. Los artículos 197, 198 y 199 del Decreto ley 1333 de 1986 establecen qué se entiende por actividad industrial, comercial y de servicios, respectivamente, para efectos de la liquidación del impuesto de industria y comercio.

 

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