Respuesta de Juan David Maya a la pregunta
¿Cómo deben ser contabilizadas las provisiones de nómina en una entidad del grupo 2?
Juan David Maya, experto y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, dice que si no existe incertidumbre respecto al pago de, por ejemplo, las prestaciones sociales; estas no deben ser calificadas como provisiones, sino directamente como pasivos ciertos en la contabilidad.
Recordemos que en la actualidad, toda persona vinculada a una empresa mediante la figura de un contrato de trabajo tiene derecho desde el primer día de labores a que se le reconozca el pago de las prestaciones sociales de manera proporcional al tiempo laborado.