Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Continúan los errores en el prevalidador tributario para elaborar el formato 1732


Continúan los errores en el prevalidador tributario para elaborar el formato 1732

Aquí hablaremos sobre...

  • Persisten los errores
  • La conclusión

La conclusión

Todo lo anterior nos lleva a la conclusión de que ese formulario 110 que el prevaliador de la DIAN genera automáticamente al final, después de haber introducido los datos en las 12 hojas del formato 1732, es un formulario que tiene errores evidentes en su parametrización y no debe ser tomado como guía certera por parte de los que lleguen a usar el prevalidador, pues les podría hacer creer erróneamente que su formulario 110, que a estas alturas ya fue presentado por las personas jurídicas (y que solo está haciendo falta diligenciarlo por personas naturales obligadas a llevar contabilidad) les quedó mal diligenciado.

Menos mal que el archivo final en XML que se genera con el prevalidador tributario, y que sería el que se entrega por el portal de la DIAN, no toma en cuenta para nada ese formulario 110 automático que genera el prevalidador, pues los únicos datos que se quedan viendo en el archivo XML son los de los valores diligenciados en cada uno de los renglones de las 12 hojas del formato 1732.

Además, llama mucho la atención que la DIAN a estas alturas (cuando ya está tan cerca de vencerse el plazo para que las personas jurídicas entreguen su formato 1732 pues en julio 11 empiezan a vencerse los 3 meses de plazo contados desde cuando en abril presentaron su formulario 110), no haya hecho lo que se supone debió haber hecho hace rato, a saber, emitir una resolución que confirme que el formato 1732 sí se entregará en XML (pues la resolución 017 de febrero 28 de 2012 no lo dijo)

Y que incluso con dicha resolución se aclare por qué razón, en el portal de la DIAN, en la zona donde se entregaría virtualmente el formato 1732 en XML, se insinúe que existen dos versiones para ese mismo formato (en el portal de la DIAN se dice que el formato podría ser “versión 3” o “versión 4”, lo cual es confuso pues si esta es la primera vez que se entregará un formato 1732, entonces debería verse solo “versión 1”. En todo caso el prevalidador de la DIAN cuando genera el archivo en XML le da automáticamente nombre al archivo indicando que sería “versión 4”).

En conclusión, es evidente que la DIAN sí está improvisando mucho en su tarea relacionada con emitir las instrucciones completas y prevalidadores correctos para que los contribuyentes puedan cumplir por primera vez con el cumplimiento de esta nueva obligación de entregar “información con relevancia tributaria” (artículo 631-3 del Estatuto).

Material Relacionado:

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,